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Defensas por parte del inquilino por la falta de pago del aquiler

  1. Usted ha recibido una demanda de desalojo de su arrendador porque usted no ha pagado el alquiler vencido.
  2. La ley exige que el arrendador le avise a usted por escrito y de la forma debida que el alquiler no se ha pagado y cuánto dinero se debe.
  3. Usted puede corregir el problema pagando el alquiler más cualquier cargo por mora que se establezca en el contrato dentro de los 7 días después de haber recibido el aviso o en cualquier momento antes de ver al juez.
  4. Pero usted debe saber que existen varios posibles tipos de defensas que le podría presentar al juez.
  5. Una defensa podría ser que el arrendador no le haya entregado un aviso por escrito en el que se establezca la cantidad del adeudo y le dé 7 días para liquidarla.
  6. Otra defensa podría ser que el arrendador le haya pedido que pague una cantidad equivocada.
  7. Por ejemplo, usted cree que debe menos de lo que se alega en el aviso.
  8. O quizás usted ya haya pagado su alquiler por completo.
  9. Pagar por completo significa que usted ha pagado todas las costas judiciales, los honorarios de abogado y los cargos por mora calculados el día que usted pague.
  10. Otra posible defensa podría ser que el arrendador no le haya proporcionado algún servicio esencial, como agua corriente, y que usted haya ejercido sus derechos legales.
  11. Sin embargo, usted no podrá simplemente dejar de pagar el alquiler.
  12. Otra defensa podría ser que su arrendador le esté pidiendo una cantidad que no se mencione en el contrato de alquiler, por ejemplo, cargos por mora.
  13. [Antes de la sentencia]
  14. Antes de que el juez dicte sentencia en contra de usted, dígale si usted trae el dinero para pagar el monto total del adeudado, que incluye las costas judiciales y los honorarios de los abogados.
  15. Se reanudará el contrato de alquiler; es decir, seguirá en vigor si usted paga todo el alquiler en mora, los cargos por mora, los honorarios de abogado y las costas judiciales.
  16. [Después de la sentencia]
  17. Después de que se dicte la sentencia, el arrendador no tendrá que reanudar el contrato de alquiler.
  18. Si el arrendador acepta que usted se quede en la vivienda, antes de pagar estos montos, asegúrese de recibir un documento que establezca específicamente que usted pueda quedarse allí; si no, todavía podría estar obligado a mudarse.
  19. Usted no perderá la propiedad de su casa rodante por el simple hecho de ser desalojado. Consulte con un abogado sobre esos derechos.
  20. Diríjase al centro de autoservicio en azcourts.gov o AZCourtHelp.org para ver algunas Hojas de información legal pertinentes, como por ejemplo, “Desalojos en parques para casas rodantes”.

Resources:

Eviction Legal Info Sheets

Tutoriales de video - Acción de desalojo de casas rodantes

 

 

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